Derecho Natural y Positivo

El Derecho no solo es Positivo y Vigente, también es Natural pero muchos de ustedes se preguntaran ¿a que se refiere con el termino de Derecho Natural? El Derecho Natural se refiere al conjunto de Derechos o Facultades que tenemos todos los seres humanos al nacer, es decir, que son lo que actualmente conocemos como los Derechos Humanos Universales. Como sabemos todos nosotros gozamos de Derechos y es bueno ya que nos da la libertad de hacer cualquier cosa pero limitando nuestra normatividad y convivencia con nuestros semejantes. 


Ahora que ya mencione como percibo el Derecho Natural, es importante ver como otros autores perciben dicho Derecho.


Conceptos de otros autores

1. El derecho natural es el conjunto de reglas universales no escritas ni recogidas en ninguna norma basadas en la naturaleza de la persona y que promulgan reglas fundamentales para la convivencia. (Trujillo, 2021)

2. El derecho natural es una doctrina ética y jurídica que defiende dicha existencia de los derechos del hombre fundados o determinados en la naturaleza humana, que estos son anteriores y superiores al derecho positivo, es decir, que la vida humana por ejemplo, así como la libertad, son derechos previos y anteriores a cualquier ley positiva, por lo cual dicho derecho positivo debe respetarlos y defenderlos siempre, por su condición de derechos fundamentales. (Significados, 2020)

3. Conjunto de normas o principios ético-jurídicos primarios de validez universal existentes con independencia de la voluntad humana. (Diccionario panhispánico del español jurídico, 2020)

4. Conjunto de normas y principiojurídicos que se derivan de la propia naturaleza y de la razón humana, que existen como principios inmutables y universales. El Derecho natural actúa como base para la elaboración e interpretación de las normas del Derecho positivo. (Enciclopedia Jurídica, 2020) 

5. El derecho natural es el ordenamiento jurídico que nace y se funda en la naturaleza humana, no debiendo su origen, por tanto, a la voluntad normativa de ninguna autoridad, como ocurre con el derecho positivo. (Enciclopedia Jurídica, 2020)


Ahora que ya sabemos lo que es el Derecho Natural, ahora solo reafirmaremos el conocimientos que antes obtuvimos de lo que es el Derecho Positivo que este ultimo se define como el conjunto de normas jurídicas o doctrinas políticas que son parte del sistema jurídico actual y a su vez fueron parte de este ultimo, pero las que no están en vigencia siguen estando presentes en la sociedad actual por costumbre de la misma. 


Ustedes compañeros se preguntaran ¿Qué relación tiene el Derecho Natural y el Derecho Positivo? La relación que tienen ambas es que el Derecho Natural tiene mayor importancia que el Positivo si hablamos del orden jurídico, porque el Natural es el primer orden normativo que tenemos al nacer y que nadie nos puede quitar sin ninguna razón, es por ello que el Derecho Natural va antes del Positivo porque el Natural aunque no este escrito o legislado (pero en nuestra Constitución Política ya los vemos establecidos) siempre estará presente en nosotros sin lugar a dudas, por que nadie puede denegar esos Derechos que tenemos, aparte de que estos son universales y eternos.

En cambio el Derecho Positivo se sitúa después del Derecho Natural ya que este ultimo como sabemos es creado por el Estado y a diferencia del Natural este no es permanente ya que tiene una vigencia y este queda como un antecedente histórico dentro del sistema jurídico de nuestro país, el Derecho Natural esta por encima del Positivo ya que si este ultimo crea una norma que atente contra algunos de los Derechos Universales, el Natural tiene el deber de emitir una inconformidad contra el Derecho Positivo para que este cambie lo que el Estado tenia pensado legislar. 












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